top of page
Derechos de los asociados

ARTICULO 12º.

Son derechos generales de los asociados:

  1. Realizar con CIDESA todas las operaciones autorizadas con los estatutos en las condiciones establecidas en éstos y en los reglamentos internos respectivos.

  2. Participar en la administración de la Cooperativa mediante el empleo de cargos sociales.

  3. Ser informados permanentemente de la gestión de la cooperativa

  4. Ejercer actos de decisión y elección, de acuerdo con las prescripciones estatutarias

  5. Disfrutar de los beneficios y prerrogativas que la Cooperativa tiene establecidas para sus asociados.

  6. Presentar a los organismos directivos, proyectos e iniciativas que tengan por objeto el mejoramiento institucional.

  7. Controlar la gestión económica y financiera de la cooperativa

  8. Retirarse voluntariamente de la cooperativa

  9. Presentar por intermedio de la Junta de Vigilancia y por escrito, quejas, reclamos, reconocimientos u observaciones en relación con la administración, los servicios o el funcionamiento general de CIDESA y recibir las explicaciones, aclaraciones o justificaciones por parte de dichos órganos.

  10. Las demás que resulten de la ley, los estatutos y los reglamentos.

  11. Conservar y promover el buen nombre de la Cooperativa.

Deberes de los asociados

ARTICULO 11º.

  1. Son deberes de los asociados.

  2. Adquirir conocimiento sobre los principios básicos del cooperativismo, características del acuerdo cooperativo, estatutos y reglamentos que rigen a CIDESA.

  3. Comportarse siempre con espíritu cooperativo tanto con sus relaciones cooperativas como con los demás asociados, sus directivos y empleados.

  4. Abstenerse de ejecutar hechos o incurrir en omisiones que afecten o puedan afectar la estabilidad económica o financiera o el prestigio y la buena imagen de CIDESA.

  5. Cumplir regularmente con las obligaciones que surgen de la vinculación social y el uso de los servicios.

  6. Hacer uso habitual de los servicios

  7. Acatar y cumplir las determinaciones que adopten los organismos de la cooperativa de conformidad con las funciones o atribuciones señaladas en la legislación cooperativa, en los presentes estatutos y en las reglamentaciones internas, vigilar su cumplimiento por parte de los demás asociados y contribuir de un modo eficaz al progreso de CIDESA.

  8. Hacer conocer de los órganos competentes de CIDESA cualquier hecho que pueda afectar sus intereses sociales o económicos.

  9. Asistir a las Asambleas Generales de la cooperativa, participar en la elección de los delegados y en los demás actos y reuniones que sean convocados legal y estatutariamente.

  10. Desempeñar, correctamente, los cargos para los cuales sea elegido o nombrado

PARÁGRAFO: Los derechos consignados en los ordinales 2) y 4) del presente artículo solamente pueden ser ejercidos por los asociados que se encuentren al día en el cumplimiento de sus deberes para con la cooperativa.

bottom of page